- Arrancó la primera etapa del Tren Maya de Campeche a Cancún
- Innsbruck: si hubo incinerados. Se identifica al segundo normalista
- Se compromete Marcos Aguilar Vega, a la transparencia,
- Participa Gaspar Trueba en la entrega de reconocimientos al Mérito Laboral 2015
- Adán Gardiazábal entregó la unidad deportiva 3 de Mayo
- Mujeres indígenas pueden ser candidatas: Braulio Guerra
- Abarca y Pineda, la pareja que en un mes vio el fin de su suerte en Iguala
- Raúl Salinas es declarado no culpable de enriquecimiento ilícito
- Maestros de Guerrero afinan plan para boicotear las elecciones de 2015
- “No hay garantía de que mi sucesor no sea un estúpido”: Dalai Lama
Cuestiona MORENA el transfondo de la reforma judicial
Preocupados por la Reforma Constitucional que se está planteando con respecto al Poder Judicial en nuestro Estado e invitamos a que la ciudadanía en general, los académicos en la materia, colegios de abogados, Magistrados y Jueces se pronuncien respecto a lo que en la propuesta respectiva del titular del Poder Ejecutivo se está planteando. Y es que desde nuestra perspectiva observamos que dicha reforma a los artículos 17, 22, 24, 27, 28, 29, 30, la creación del 30 bis y el artículo CUARTO transitorio; contiene diversas violaciones constitucionales que ponen en riesgo el principio de división de poderes constituido en nuestro Estado Republicano, además de retrocesos en la vida Democrática de nuestro Querétaro, dado que se plantea desde:
• un atentado a la paridad de género lo que sin duda sería un alarmante retroceso en cuanto a lo logrado en el tema recientemente en el Estado,
• la intromisión en la vida interna del Poder Judicial al proponerse que en la integración del Consejo de la Judicatura existan Consejeros designados por el Ejecutivo y el Legislativo,
• se pierda la supremacía del pleno del Tribunal frente al Consejo de la Judicatura,
• Se discrimine a las Magistradas y Magistrados por edad,
• Se de lugar a un Outsourcing en la defensoría pública, privatizando una clara obligación del Estado.
• Se de la posibilidad de vulnerar derechos humanos por parte del Ejecutivo,
• Se niegue la posibilidad de participar a distinguidas personas en el ámbito académico y/o profesional de poder aspirar a ser Fiscal General del Estado, además de que se plantea un procedimiento inverso a como acontece en lo Federal siendo este menos democrático e imparcial, amén de que el mismo dure en el cargo hasta 9 años,
Hasta en el artículo cuarto Transitorio, la propuesta de que el actual procurador de Justicia pasará a ser el Fiscal General del Estado.
Desde Morena, creemos que es necesario salvaguardar los principios constitucionales que garantizan el pleno estado de derecho y el equilibrio de poderes para una sana convivencia democrática y republicana, nos oponemos al intento de concentrar el poder en una o más personas y a que se establezcan esquemas autoritarios que puedan derivar en el menoscabo de los derechos humanos, es por ello que invitamos a que se de una amplia discusión pública al respecto, anticipando que si se llega a aprobar la iniciativa tal cual, buscaremos se interponga una controversia constitucional sobre la misma.
Siendo más específicos, observamos que:
1.- En cuanto a la reforma propuesta al artículo 17 se elimina la obligación de la legislatura de mantener la paridad de género en la integración de los órganos colegiados.
2.- En el artículo 22 no se precisan las circunstancias y la forma, o el procedimiento, en que el ejecutivo asumirá de facto el mando directo e inmediato de todas las corporaciones de seguridad en la totalidad o parte de territorio, lo que puede vulnerar los derechos humanos de las y los ciudadanos en nuestra entidad, ya que se deja abierta la posibilidad de que se realicen actos autoritarios por parte del titular del ejecutivo, por lo que es necesario que se regule dicha situación.
3.- La propuesta al artículo 24 abre la posibilidad de sustituir la obligación del estado para con la defensoría pública a través de la concesión a particulares (outsourcing), vulnerando un derecho ciudadano tutelado en la norma máxima del país; por lo que permitir dicha situación traería el riesgo de que en este ámbito se fomente la corrupción e innumerables injusticias, ya que no habrá mayor responsabilidad del Estado para con las víctimas y las y los ofendidos, lo que incluso generaría controversias en la tutela de derechos humanos ya que la asesoría jurídica hace realidad una de las principales garantías constitucionales, como lo es el acceso a la justicia; por lo tanto, debe garantizarse en nuestro máximo ordenamiento local que esta función fundamental del Estado sea intransferible.
4.- En el artículo 27 la propuesta no contiene disposiciones en materia de paridad de género en la integración del Tribunal Superior de Justicia.
5.- La propuesta al artículo 28 modifica el límite de edad para ser magistrado o magistrada para que pueda ejercer dicha encomienda, tal situación vulnera la prohibición constitucional de no discriminar, tal como lo establecen los criterios de los tribunales federales constitucionales quienes han señalado que no existe una relación directa entre cierta edad y la pérdida de capacidad en los trabajadores.
6.- En El artículo 29, la supremacía orgánica que mantiene actualmente el Pleno del Tribunal se pierde, pasando a ocuparla el Consejo de la Judicatura, limitando las competencias del pleno del Tribunal Superior de Justicia a su propia vida orgánica, incluyendo a la secretaría general de acuerdos, con lo que se anula la participación de la mayoría de las y los magistrados en las decisiones políticas, técnicas y administrativas más relevantes del poder judicial.
7.- La reforma al artículo 30 constitucional, es trascendental, ya que se establece una clara intromisión a la vida interna del poder judicial, tanto del ejecutivo como del legislativo, rompiendo con el principio constitucional de la división de poderes, además violentando lo señalado por la fracción III del artículo 116 de la Constitución federal al incluir consejeros designados por el Ejecutivo y el Legislativo en la integración del Consejo de la Judicatura, de tal manera que se vulnera la independencia de los y las magistradas y juezas en sus funciones, entendiéndose éstas no sólo en el ámbito jurisdiccional, por lo que es evidente que el principal propósito de esta reforma es mantener el control total de la función judicial, poniendo en riesgo la certeza e imparcialidad de las resoluciones jurisdiccionales y, si bien por una parte con la presente reforma el fiscal del estado ahora tiene autonomía, de nada sirve esta si ahora se va a tener el control en la administración del poder judicial, así como en la designación de jueces y juezas. Además de que el Tribunal Superior de Justicia pasa a ser un subordinado del Consejo de la judicatura, siendo que, actualmente, este órgano está por debajo del Tribunal.
8.- Con la presente iniciativa se crea el artículo 30 bis, crea la Fiscalía General del Estado como organismo autónomo pero se limita a las y los aspirantes a tener una experiencia de, cuando menos, cinco años en la procuración de justicia, por lo que, si bien es importante esta experiencia, también es cierto que se niega la amplia participación ciudadana a la que hace referencia la propia reforma, ya que existen personas desde el ámbito académico o profesional capaces de desempeñar tal función.
Con respecto a la duración de 9 años en el encargo del fiscal federal, sería conveniente que la duración en el encargo se reduzca a 6 años y que comience justo en la mitad del periodo del ejercicio de gobierno del Ejecutivo, para que se garantice una mayor imparcialidad en las funciones del fiscal, además de que es necesario que se especifique si éste tendrá la posibilidad de durar un periodo más.
En cuanto al procedimiento de designación, morena no comparte lo establecido en la iniciativa propuesta ya que para garantizar una autentica autonomía es necesario que exista una designación más democrática e imparcial, por lo que señalamos que el procedimiento plateado debe ser a la inversa (como sucede en lo Federal), es decir, debe iniciar con propuestas del legislativo, que revise el ejecutivo para que presente entre estas una terna sometida al legislativo para la designación del o de la fiscal, ya que bajo la propuesta actual, la omisión del legislativo en la designación de la terna propuesta por el ejecutivo, le faculta a este último que pueda designar libremente al titular de la fiscalía.
9.- En cuanto ve al artículo CUARTO TRANSITORIO, la propuesta establece que el actual Procurador General de Justicia pasará a ser el Fiscal General del Estado por lo que dicha disposición es contraria con todo el espíritu de la iniciativa de reforma que pugna por que el o la fiscal se desvincule de la dependencia política directa entre este y el gobierno en turno para que no favorezca a los intereses del ejecutivo “en aras de la sociedad y de sus intereses generales”, lo que no acontece al ratificar en el encargo de fiscal a quien viene fungiendo como procurador actualmente; y si bien es cierto que ya existe el compromiso de eliminar este transitorio, es preciso reafirmar que esta intención del autor de la iniciativa no debe prosperar.
Esperamos que el legislativo local retome las presentes observaciones siendo sensible, analítico y sensato; las cuales fueron ya planteadas a detalle en tiempo y forma a la Comisión de puntos Constitucionales de la actual Legislatura del Estado de Querétaro por nuestra Diputada la Profesora Herlinda Vázquez Munguía Coordinadora de la Fracción Legislativa de Morena en dicho poder, con el objetivo de ser traducidas en beneficio de la sociedad queretana.
0 comments