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Sanciones a quienes quiebren sellos de clausura y continúen con obras

En Morelos, la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Morelos (Propaem), órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS), presentó denuncias penales ante la Fiscalía General del Estado (FGE), contra el o los responsables de haber quebrantado sellos de clausura y reanudar obras.
Así lo dio a conocer el titular de la Propaem, Carlos Saldívar Salazar, haciendo referencia a obras ubicadas en Cuernavaca, Temixco y Jiutepec con características comerciales, de servicios o desarrollos habitacionales los cuales requieren de una manifestación de impacto ambiental que no fue exhibida por los visitados.
Así mismo, el funcionario explico “como consecuencia a dicho incumplimiento se procedió a clausurar los proyectos de construcción, sin embargo, al realizar la verificación del estado de clausura, se detectó que los sellos ya no se encontraban en el lugar y continuaron con los trabajos de obra sin contar con las autorizaciones ambientales correspondientes”.
Por parte del funcionario, a la vez de contar con los elementos necesarios de prueba, la Propaem procedió a interponer cuatro denuncias penales por el delito de ‘quebrantamiento de sellos’, tipificado en el artículo 293 del Código Penal para el Estado de Morelos.
Dichas denuncias podrán alcanzar a el o los responsables una pena de hasta 120 días de semilibertad, con independencia en su caso de la clausura definitiva y una multa de más de 500 mil pesos.
Para el Gobierno del estado, las autorizaciones en materia de ‘impacto ambiental’ permite evaluar impactos al medio ambiente e implementar las medidas pertinentes de mitigación para protección, preservar y restaurar los ecosistemas, de esta manera se puede evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente.
El gobierno mediante la la SDS y Propaem, seguirán atentos y combatiéndolos ilícitos derivados de estas actividades “reiterando su compromiso con la sociedad para proteger el medio ambiente a través del cumplimiento de la normatividad ambiental”.
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